Integrar la igualdad en pequeñas organizaciones

El Instituto Andaluz de la Mujer en colaboración con AENOR ha desarrollado la primera Guía Metodológica para empresas andaluzas de menos de 50 personas trabajadoras en plantilla que no estén obligadas a elaborar un Plan de Igualdad para integrar la Igualdad de Oportunidades y Trato.

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Etiquetas: Responsabilidad social

Opinión

El Instituto Andaluz de la Mujer tiene entre sus compromisos apoyar a las empresas en el  ...

Integrar la perspectiva de género para conseguir una igualdad real

Olga María Carrión Mancebo
Directora del Instituto Andaluz de la Mujer
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Junta de Andalucía

El Instituto Andaluz de la Mujer tiene entre sus compromisos apoyar a las empresas en el cumplimiento de la legislación laboral, de manera que la integración de la igualdad de mujeres y hombres sea una realidad y una práctica que progresivamente forme parte de la gestión de todas las empresas de Andalucía.

En detalle

Susana Estudillos
Mánager de Sostenibilidad Social
AENOR

En palabras de Stuart Mill hace ya más de 150 años aquella “perfecta igualdad que no admitiera poder ni privilegio para unos ni incapacidad para otros” sigue siendo una tarea pendiente que además de precisar de nuevos instrumentos jurídicos requiere de la comprensión, asunción e integración de las organizaciones, entre otros agentes, para su consecución.

 

Dentro de los instrumentos jurídicos que se han ido desarrollando en nuestro contexto más próximo, partimos de la Constitución Española en su artículo 14 que proclama el derecho a la igualdad y no discriminación por razón de sexo, así como el artículo 9.2 que obliga a los poderes públicos a promover las condiciones para que la igualdad de la persona y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas. Y será en 2007, con la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres cuando se dé un paso decisivo para avanzar, ya no solo en la igualdad formal, sino en la real a través de la adopción de medidas concretas en favor de la igualdad en las empresas, que se irían perfilando con el desarrollo normativo de los últimos años.

 

La Ley 3/2007, en su artículo 45, ya establecía la obligación de todas las empresas que operan en territorio español, a respetar la igualdad de trato y de oportunidades y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en la forma que se determine en la legislación laboral

Para todas las empresas

Si bien las empresas a partir de 50 personas trabajadoras deberán dar cumplimiento a esta obligación a través de un Plan de Igualdad, para las de 49 y menos, será voluntario, previa consulta con la representación legal de trabajadoras y trabajadores.

 

Y es en este target de empresas, las no obligadas a contar con un Plan de Igualdad, para las que se dirige esta Guía metodológica para empresas andaluzas de menos de 50 personas trabajadoras en plantilla que no estén obligadas a elaborar un Plan de Igualdad para integrar la igualdad de oportunidades y de trato.

Se trata de un recurso que orienta y guía el camino que hay que seguir a través de una metodología de mejora continua que oriente a profesionales, a micro y pymes a desplegar aquellas medidas de acción destacando las obligadas y proponiendo a modo de ejemplo las que puedan adoptarse como voluntarias, en la que la evaluación de resultados marcará el camino para una integración eficaz y eficiente del principio de igualdad en la gestión de personas.

10 principales beneficios de la igualdad en las organizaciones

10 principales beneficios de la igualdad en las organizaciones

Entre las medidas obligadas, se pueden destacar la incorporación de la perspectiva de género en la acción preventiva (demandárselo a la Mutua/Servicio de Prevención) o el registro retributivo anual. Y ejemplos de medias voluntarias son tener en cuenta como criterio de selección para puestos de trabajo sin representación o escasa representación de mujeres “ante igualdad de condiciones, seleccionar a mujeres”; o utilizar un lenguaje no sexista e inclusivo.

Los principales beneficios que conlleva implantar estas medidas en este tipo de organizaciones son, entre otros, los siugientes:

 

  • Hacer visibles valores necesarios en el mundo de los negocios, tanto para los grupos de interés como para las empresas inversoras o financiadoras, con un impacto directo en la sostenibilidad económica de la empresa.
  • Convertir a la empresa en una referencia en el sector o en el territorio frente a la competencia, que no cuenta con medidas que contribuyan a mejorar las condiciones de trabajo y con ello, de vida, de las personas.
  • Identificar el talento profesional de las personas al margen de los prejuicios por ser mujer u hombre. La distribución sexual del trabajo es el origen de la segregación del mercado laboral, así como de la existencia de sectores feminizados como educación o sanidad y masculinizados, como industria o construcción.
  • Fidelizar al personal, ya que la empresa ofrece y garantiza condiciones laborales dignas que mejoran las establecidas en la normativa.
  • Adecuar los sistemas de gestión a los entornos actuales, desechando patrones de conducta obsoletos y poco eficientes.
  • Mejorar el clima laboral y generar mayor confianza en las personas empleadas.
  • Contar con una ventaja competitiva para mejorar el posicionamiento en procesos de licitación pública o de homologación como empresa proveedora en los portales de compras.
  • Eliminar riesgos reputacionales relacionados con la discriminación por razón de sexo, expresión de género, acoso sexual o por razón de sexo.
  • Reducir o eliminar los costes generados por la aplicación de sanciones, multas o demandas por el incumplimiento en materia de igualdad en el ámbito laboral.
  • Evidenciar el deber de diligencia cumplida en materia de igualdad y no discriminación.
  • Posibilitar el acceso a ayudas públicas y subvenciones.

Conoce la web igualdadretributiva.com

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Este portal sobre igualdad e igualdad retributiva ofrece contenido para todas aquellas organizaciones de todos los sectores, tanto públicas como privadas, preocupadas y ocupadas por integrar y transversalizar el principio de igualdad de trato y oportunidades en la gestión de su capital humano y de su cadena de valor, desde el enfoque de derechos humanos, como pilar sobre el que promover el desarrollo sostenible de las organizaciones.

 

Además, recoge todas las soluciones que AENOR pone a disposición de las organizaciones para avanzar en la consecución de sus objetivos de igualdad y demostrar a todas partes interesadas que su compromiso es real y efectivo.

 

Incluye información sobre el marco normativo de aplicación, así como experiencias de distintas organizaciones certificadas que comparten cómo están abordando la igualdad desde el modelo AENOR de sistema de gestión.

Opinión

Opinión

Integrar la perspectiva de género para conseguir una igualdad real

Olga María Carrión Mancebo
Directora del Instituto Andaluz de la Mujer
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Junta de Andalucía

El Instituto Andaluz de la Mujer tiene entre sus compromisos apoyar a las empresas en el cumplimiento de la legislación laboral, de manera que la integración de la igualdad de mujeres y hombres sea una realidad y una práctica que progresivamente forme parte de la gestión de todas las empresas de Andalucía. Con esta finalidad, impulsamos la elaboración de planes y medidas que fomenten la igualdad de oportunidades evitando así las discriminaciones por razón de género.

 

En esta línea, el Instituto Andaluz de la Mujer ha promovido la elaboración de la Guía metodológica para empresas andaluzas de menos de 50 personas trabajadoras en plantilla que no estén obligadas a elaborar un Plan de Igualdad para integrar la igualdad de oportunidades y de trato. El objetivo, por un lado, es ayudarlas a cumplir las obligaciones que tienen todas las empresas de evitar cualquier tipo de discriminación laboral, así como de integrar en su gestión empresarial la perspectiva de género de una manera transversal. Para ello, se ha contado con la colaboración experta de AENOR para su elaboración y difusión.

 

Esta guía es el resultado de un exhaustivo análisis y valoración de los recursos, fuentes de conocimiento y soluciones que existen para las empresas que no están obligadas a realizar un Plan de Igualdad. Así nos ratificamos en la idea de poner el foco en microempresas, pymes y en personas autónomas para dar respuesta a una gran parte del tejido empresarial andaluz.

 

Por ello, y teniendo en cuenta la dimensión de las empresas que componen el tejido empresarial andaluz, ofrecemos este recurso que contará con el asesoramiento permanente y gratuito para todas las empresas desde el Servicio de Asesoramiento e Información a Empresas en Igualdad, EQUIPA, con los canales de acceso disponibles en la propia página web del Instituto Andaluz de la Mujer y del teléfono 900 200 999.

 

La igualdad genera riqueza y desarrollo para las empresas, además de modernización y progreso para Andalucía. En este sentido, integrar la perspectiva de género en la gestión de las empresas supone la oportunidad de romper con estereotipos de género que impiden el ejercicio de la igualdad real. Perseguimos así optimizar el talento, manteniendo y fidelizando a sus trabajadoras y trabajadores, al tiempo que se mejora su competitividad y productividad.

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